Si eres afiliado con categorías A o B y tienes personas a cargo reclama el bono escolar por $30.000.
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lunes a viernes: de 7:30 a.m. a 12:00m. y de 1:30 a 6:00 p.m.
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La Caja de Compensación Familiar COMFENALCO QUINDÍO se une a la medida de aislamiento preventivo para proteger a todos nuestros afiliados del COVID-19, por eso invita a todas las empresas a realizar sus trámites a través de los siguientes medios electrónicos. CLIC AQUÍ...
Comfenalco Quindío ha dispuesto diferentes canales de comunicación para brindarle información y respuestas oportunas que le permitan a los usuarios elegir el medio de su preferencia y comodidad para contactarnos.
Antes de realizar alguna solicitud, lo invitamos a revisar nuestras preguntas y respuestas frecuentes, podrá aclarar o tener un acercamiento de forma inmediata a sus dudas o necesidades.
Cronograma de pagos cuota monetaria 2020
Pueden cobrar simultáneamente el Subsidio Familiar por los mismos hijos el padre y la madre cuyas remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Con fundamento en el artículo 6º de la Ley 21 de 1982 y el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo, la Superintendencia del Subsidio Familiar señaló que: “(…) las acciones correspondientes al subsidio familiar, esto es, para reclamar el derecho a los subsidios que consagran los ordenamientos legales reguladores de la materia, prescriben a los tres (3) años.”
Se transcribe el ARTÍCULO 6º. “Las acciones correspondientes al subsidio familiar prescriben en los términos del Código Sustantivo del Trabajo. Sin embargo, el derecho a la cuota correspondiente a un mes determinado, caduca al vencimiento del mes subsiguiente, en relación con los trabajadores beneficiarios que no hayan aportado las pruebas del caso, cuando el respectivo empleador haya pagado oportunamente los aportes de ley por intermedio de una Caja de Compensación Familiar o de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero”.
Hasta los 18 años 365 días.
El carnet se entrega al afiliado a la Caja de compensación sin ningún costo. Cuando se requiera un duplicado del mismo se debe cancelar un aporte.
El Mecanismo de Protección al Cesante (MPC), es un programa creado por el Gobierno nacional a través del Ministerio del Trabajo que en convenio con las Cajas de Compensación Familiar del país, implementó un beneficio al que tienen derecho todas las personas cesantes del sector público y privado dependientes o independientes que hayan cotizado a una Caja de Compensación Familiar y que cumplan con los requisitos de acceso al programa de acuerdo a lo establecido en la ley 1636 de 2013, además que en la actualidad se encuentren sin vinculación laboral.
Es un aporte en dinero que se otorga por una sola vez al beneficiario, y que constituye un complemento de su ahorro para facilitarle la adquisición o mejoramiento de una solución de vivienda de interés social.
Se puede utilizar en la compra de vivienda nueva o mejoramiento de vivienda
Debe ser nueva y de interés social, con un valor de hasta 135 salarios mínimos legales mensuales ($111'795.660, en el año 2019).
Para condiciones especiales adicionales:
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