Subsidio al desempleo

¿Qué es el Mecanismo de Protección al Cesante MPC?

Es un mecanismo que garantiza la protección social de los trabajadores en caso de quedar desempleados, manteniendo el acceso a salud, el ahorro a pensiones y el acceso a servicios de intermediación y capacitación laboral.

Postulaciones abiertas
al Subsidio al Desempleo

Si actualmente te encuentras sin empleo puedes ser uno de los beneficiarios al subsidio al desempleo de Comfenalco Quindío.
Revisa si cumples los requisitos para que inicies el proceso de postulación.

subsidio al desempleo comfenalco

Requisitos para postularte

Ten en cuenta que la prestación de los servicios del Mecanismo de Protección al Cesante está sujeta a la validación y cumplimiento de los requisitos que exige la Ley 1636 de 2013 y Ley 2225 del 30 de junio 2022, entre otros:

  • No tener ningún tipo de vinculación laboral o fuente de ingresos.
  • No encontrarse contribuyendo aportes a EPS.
  • Que hayas realizado aportes durante un año continuo o discontinuo a una Caja en los últimos 3 años. Si eres trabajador independiente, aportes durante 2 años.
  • Estar inscrito en la base de datos del Servicio Público de Empleo. (http://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspx)
  • Solicita tu postulación a la última Caja que hayas estado afiliado.
  • Si has recibido algún tipo de subsidio al desempleo a cargo del Fosfec, durante 6 meses continuos o discontinuos en los últimos 3 años, no podrás postularte al Subsidio al Desempleo.
  • No contar con procesos de recobro activo ante la Caja de Compensación Familiar de la Ley 1636 de 2013, Decretos 488 – 770 de 2020 y la Ley 2225 de 2022.
  1. Formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante, (se diligencia al postularse).
  2. Certificación escrita de la cesación laboral, expedida por el empleador, en la que conste dicha circunstancia, especificando fecha exacta de la terminación de la relación laboral, última remuneración del trabajador y causa de la terminación si se es dependiente. segín art. 226132 del decreto 1072 de 2015.
  3. Para independientes: la certificación de cesación laboral será equivalente a la constancia sobre terminación del contrato que emita el contratante o al acta de terminación del contrato que contenga fecha de ingreso y retiro, motivo de terminación de contrato y último salario devengado.
  4. Certificado de afiliación y relación de aportes, en el caso de haber estado afiliado a otra Caja de Compensación Familiar.
  5. Certificado de direccionamiento a los programas de capacitación. (DESCARGAR CERTIFICADO)
  6. Certificado de afiliación a EPS, y que su estado se refleje como: suspendido, beneficiario, subsidiado o en protección laboral. (no mayor a 30 días)
  7. Certificado de afiliación al Fondo de Pensiones. (no mayor a 30 días)
  8. Manifestación de deberes y derechos de la persona cesante, debidamente firmada. (DESCARGAR FORMATO)
  9. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  10. Pagaré y carta de instrucciones, debidamente firmados y con huella. (DESCARGAR FORMATO)
  11. Certificado de cuenta Daviplata. Descargar aquí https://www.nimitzuno.com/
  • Pago de aportes a Salud, calculado sobre un (1) SMMLV hasta por seis (6) meses.
  • Pago de aportes a Pensión, calculado sobre un (1) SMMLV hasta por seis (6) meses.
  • Pago de transferencia económica, calculado sobre uno punto cinco (1.5) SMMLV divididos en cuatro (4) mensualidades decrecientes si perteneces a las categorías A y B del Sistema De Subsidio Familiar y Aportes, de la siguiente manera:
    – 40% de 1.5 SMLV equivalente a $696.000
    – 30% de 1.5 SMLV equivalente a $522.000
    – 20% de 1.5 SMLV equivalente a $348.000
    – 10% de 1.5 SMLV equivalente a $174.000

Ten en cuenta

  1. Beneficio de Transferencia Económica pago que se realizará mes anticipado, máximo tres (3) días después de notificada la asignación del beneficio.
  2. Pago de seguridad social de salud y pensión mes vencido, los primeros trece (13) días hábiles de cada mes, sin embargo, el cesante tendrá cobertura en salud desde el primer día hábil del mes posterior a la fecha de asignación del beneficio.

Tarifas vigentes año 2023

El pago de aporte a EPS y AFP se realizará a la última EPS y Fondo de Pensión al que hubieses estado afiliado.
La Transferencia Económica aplica únicamente para cesantes que hubiesen cotizado en categoría A y B.

Recuerda que, dentro del Mecanismo de Protección al Cesante, también tienes acceso a los siguientes servicios y beneficios:

  • Orientación ocupacional
  • Capacitación
  • Ofertas laborales
  • Cobertura de fidelidad

Si presentas dificultades para postularte de manera virtual, puedes comunicarte al correo electrónico documentaciónmpc@comfenalcoquindio.co o al celular 311 728 9136.

Por incumplir sin causa justificada con los trámites exigidos por la agencia de empleo y los requisitos para participar en procesos de selección a los que seas remitido.
En caso de rechazar sin causa justificada la ocupación o vacante que te ofrece el Servicio Público de Empleo.
En caso de que te sea reconocida pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
En caso de que obtengas una fuente formal directa de ingresos o realices una actividad formal remunerada. En este caso debes notificar de inmediato a la Caja de Compensación Familiar y sustentar tu nueva condición.
Quienes mantengan relación laboral vigente o hayan recibido el subsidio al desempleo durante 6 meses continuos o discontinuos en los últimos 3 años.
Si obtienes mediante simulación o engaño algún tipo de beneficio del Fosfec. En estos casos deberás devolver las sumas indebidamente percibidas más sus intereses, sumado a las acciones legales a que haya lugar.

¿Cómo informar si obtienes empleo?

La obtención de una nueva vinculación laboral la puedes reportar al correo electrónico documentacionmpc@comfenalcoquindio.co, indicando la fecha de ingreso y el nombre de la empresa.

Ten en cuenta que:

En todo caso será responsabilidad exclusiva del cesante informar a la Caja de Compensación Familiar acerca de cualquier novedad de cambio de condiciones, so pena de la pérdida del beneficio y la obligación de devolver lo pagado de manera indebida, sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil que con ocasión de dicha omisión esté prevista en el ordenamiento.

POSTÚLATE
al Subsidio al Desempleo

Si te encuentras sin empleo y ya leiste los requisitos ingresa al siguiente formulario:
Postulaciones abiertas hasta agotar recursos.

IMPORTANTE

Decisión sobre el otorgamiento del subsidio
Las Cajas de Compensación Familiar deberán verificar, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la petición del cesante, si cumple o no con las condiciones de acceso a los beneficios del FOSFEC.

LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO AL DESEMPLEO ESTÁ SUJETA A LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR

La Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío se permite informar acerca de los deberes y derechos que tienen los beneficiarios del Mecanismo de Protección al Cesante (MPC).

Deberes y derechos del beneficiario

  1. El beneficiario debe asistir a cada una de las reuniones programadas por la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío con el fin de recibir información y aclarar dudas frente a la operatividad del programa.
  2. El beneficiario debe cumplir con la Ruta de Empleabilidad ofrecida por el MPC a través de la Agencia Pública de Gestión y Colocación de Empleo de Comfenalco Quindío.
  3. El beneficiario debe realizar las capacitaciones, conforme a lo establecido por la Ley 1636 de 2013 y demás normas concordantes, con el fin de mantener el beneficio de las prestaciones económicas.
  4. El beneficiario debe informar, a tiempo y por escrito, si inició una nueva relación laboral o tiene alguna fuente de ingresos, toda vez que estas son causales de pérdida de los beneficios.
  5. El beneficiario debe abstenerse de reclamar o recibir subvención después de haber iniciado una relación laboral o si presenta algún aporte al Sistema Integral de Seguridad Social, realizado por algún empleador. Es de advertir que Comfenalco Quindío iniciará un proceso jurídico y, como consecuencia, el beneficiario tendrá que reintegrar las sumas asignadas, como también afrontar la sanción, civil y penalmente, por la jurisdicción competente.
  6. El beneficiario debe informar, de manera oportuna, el cambio de su condición de pensionado, presentando el certificado del fondo de pensión, con el fin de evitar los procesos jurídicos.
  7. El beneficiario debe dar buen uso a cada una de las subvenciones asignadas por el MPC.
  8. El beneficiario debe reclamar las cuotas monetarias, en caso de tener derecho, dentro del término establecido por la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío.
  9. El beneficiario tiene derecho a recibir la información que requiera y que corresponda al MPC.
  10. El beneficiario tiene derecho a iniciar la Ruta de Empleabilidad que le permita reincorporarse laboralmente.
  11. El beneficiario tiene derecho a recibir, dentro del término que establezca la ley, el pago de las prestaciones económicas del programa MPC.
  12. El beneficiario tiene derecho a solicitar y recibir los soportes de afiliación y el pago de las prestaciones económicas correspondientes a salud y pensión, realizados por la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío.
  13. El beneficiario tiene derecho a recibir un trato amable, respetuoso y oportuno por parte de los funcionarios de la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Quindío, especialmente los del MPC.

Mayores informes: Empleabilidad

Edificio Comfenalco, calle 16, nro. 15-22

Horario de atención:
De lunes a viernes de 7.30 a 11:30 a.m. y de 1:30 a 5:00 p.m.

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